Duda sobretensiones

Gorrion

Nuevo miembro
Hola a todos!!! Soy nuevo en el foro y creo que he dado en el sitio para aclarar mis dudas.
Soy electricista y aunque hace unos años ya me dedico a otra cosa de vez en cuando me sale algún trabajo. Estoy haciendo una instalación para un local comercial y tengo dudas sobre el sobretensiones para un cuadro eléctrico de línea monofásica, cuál es el que me exige la ley??? Se que el mejor es el de sobretensiones transitorias y permanentes pero no quiero poner el mejor quiero poner el que me exige la ley y saber si con el de transitorias me vale.
Un cordial saludo.
 
Última edición:

Coitocircuito

Miembro Plata
Hola

Quien lleva ese paquete son las diversas autonomías, así como las distribuidoras que pueden exigir, o no, la colocación de los sobretensiones en dependencia de la zona isoceráunica y de que la alimentación vaya aérea o soterrada (esto para las sobretensiones transitorias)

Aunque puedes leerlo en la guía de interpretación del REBT en este enlace te lo aclara


En cuanto a la instalación del sobretensiones permanentes (por "corrimiento" del neutro, cuando falla la tierra y puedes llegar a tener la tensión compuesta en lugar de la tensión simple) si bien es cierto que hay una normativa que obliga a las distribuidoras a tenerlo en sus centros de transformación lo suyo es que lo tengas en tu propia instalación (mas que nada porque la sobretensión puede ser puntual y no quedar reflejada en las incidencias de la distribuidora) de ahí el uso de los "combi" que económicos no son pero que se amortizan en la primera incidencia que se presente en esa instalación.

YO NO ME FIARÍA DE UN ELECTRICISTA QUE ANDE RACANEANDO CON LAS PROTECCIONES DE UNA INSTALACIÓN: quien lo va a pagar es el cliente.

Saludos
 

Gorrion

Nuevo miembro
Buenos días.

Tampoco necesito que me des clases, la pregunta es clara quiero saber lo que exige la ley no lo que es mejor, lo que es mejor ya lo sé. Por cierto, el cliente no va pagar nada.
Imagino que algún forero entenderá la pregunta, soy de Andalucía.

Un saludo.
 
Última edición:

Coitocircuito

Miembro Plata
Buenos días.

Tampoco necesito que me des clases, la pregunta es clara quiero saber lo que exige la ley no lo que es mejor, lo que es mejor ya lo sé. Por cierto, el cliente no va pagar nada.
Imagino que algún forero entenderá la pregunta, soy de Andalucía.

Un saludo.

Hola
Hay algo que no me cuadra: dices "no necesitar clases" y entras en un foro a preguntar. Además se te adjunta una información desglosada, para que te sea entendible y no tengas que recurrir a la guía de interpretación del Reglamento. Y, CON TODA ESTA INFORMACIÓN EN LA MANO, AÚN NO TE QUEDÓ CLARO EL TEMA Y QUIERES UNA OPINIÓN DE UN FORERO ANDALUZ

Así que ante tamaña revelación se deduce

> No eres electricista, sino un aficionado
> No conoces el REBT
> Desconoces la existencia de la Guía de Interpretación del REBT
> Eres desconfiado
> No sabes interpretar la información que se te pone en la mano
> Lo que ya no sé interpretar es lo de hacer trabajos sin que el cliente abone los materiales

Cordial saludo
 

Gorrion

Nuevo miembro
Buenas

No voy ni a mandar mi vida laboral ni mis estudios. No eres nadie para decirme a mí que soy un aficionado. Si a mí cliente no le cobro es porque es conocido y tampoco necesito ese dinero y quiero quitarme todo el material que tengo en casa. Que podría ir al reglamento o comentarlo a algún conocido mi duda??? pues sí pero he ido a lo fácil que es comentarlo en el foro que está para ayudarnos.
Por favor, rogaría que no me contestaras tú ya que yo no te voy a contestar y menos en mayúsculas ya que no son formas y si lo haces que algún mediador intervenga, no me han gustado otras contestaciones que has dado a otros foreros ni tampoco pensaba dar con Thomas Edison.

Un cordial saludo
 
Última edición:

Coitocircuito

Miembro Plata
Buen
No voy ni a mandar mi vida laboral ni mis estudios. No eres nadie para decirme a mí que soy un aficionado. Si a mí cliente no le cobro es porque es conocido y tampoco necesito ese dinero y quiero quitarme todo el material que tengo en casa. Que podría ir al reglamento o comentarlo a algún conocido mi duda??? pues sí pero he ido a lo fácil que es comentarlo en el foro que está para ayudarnos.
Por favor, rogaría que no me contestaras tú ya que yo no te voy a contestar y menos en mayúsculas ya que no son formas y si lo haces que algún mediador intervenga, no me han gustado otras contestaciones que has dado a otros foreros ni tampoco pensaba dar con Thomas Edison.

Un cordial saludo

Hola

Yo no ando por aquí para hacer amigos, sino para poner luz a las diferentes cuestiones que se plantean, dentro de mi "escaso" conocimiento
Procuro dar información clara y exhaustiva si procede (Cuando veo que "hay mimbres" me explayo bastante mas)

En tú caso la información aportada la entendería cualquier neófito que sepa distinguir fase de neutro. Por alguna extraña razón no fue posible...

Quedamos a la espera a ver si aparece un "electricista andaluz" que te lo explique con mayor gracejo

Si no te gustaron las contestaciones que les di a otros foreros no serían las técnicas, sino las dadas a quienes entraron "con el paso cambiado" y salieron escaldados

He estado revisando los nicks y Thomas Alva Edison no aparece. Así que no sé a quién te refieres.

Por cierto: ese fulano fue un precursor de Donald Trump: no inventó la bombilla sino que le compró los derechos del invento a Joseph Wilson Swan y luego la patentó como suya. Así mismo erró con la corriente continua: si no llega a ser por Nikola Tesla, y George Westinghouse, ya habríamos acabado con todo el cobre de la tierra. Vamos, que era una joya...

Cordial saludo
 

2j_

Miembro
Buenas

No voy ni a mandar mi vida laboral ni mis estudios. No eres nadie para decirme a mí que soy un aficionado. Si a mí cliente no le cobro es porque es conocido y tampoco necesito ese dinero y quiero quitarme todo el material que tengo en casa. Que podría ir al reglamento o comentarlo a algún conocido mi duda??? pues sí pero he ido a lo fácil que es comentarlo en el foro que está para ayudarnos.
Por favor, rogaría que no me contestaras tú ya que yo no te voy a contestar y menos en mayúsculas ya que no son formas y si lo haces que algún mediador intervenga, no me han gustado otras contestaciones que has dado a otros foreros ni tampoco pensaba dar con Thomas Edison.

Un cordial saludo
Hola:
La segunda edición de la Especificación Particular de ENDESA (NRZ103), en vigor desde diciembre de 2018 y obligatoria desde julio de 2019 para toda obra nueva o reforma en instalaciones de enlace de baja tensión, indica que se deben proteger las líneas eléctricas frente a sobretensiones transitorias y permanentes.


De todas formas, a veces hay que recomendar al usuario que en el diseño de la instalación es mejor añadir elementos no obligatorios por el coste/beneficio ya que supone un pequeño incremento del coste total de la instalación eléctrica y, en una instalación de un local comercial, donde una avería del equipamiento eléctrico puede suponer una pérdida de servicio durante un periodo largo hasta la reparación e incluso pérdida de clientes aunque exista un seguro.

Pasa también por ejemplo con recomendar instalar un SAI a los terminales de venta y al router de fibra para que puedan cobrar durante un tiempo si hay avería eléctrica aunque no sea obligatorio
 

Coitocircuito

Miembro Plata
>Como apunté al principio quien lleva ese paquete son las autonomías y las Distribuidoras. Y mi "nuevo fan" se soliviantó por ello
>Un SAI, en los terminales de venta, debe resolver la hostia si se va la luz: a lo que tendrás que estar atento es que no te lleven las prendas, aprovechando la confusión por la probable oscuridad
 

Gorrion

Nuevo miembro
Buenas noches.

Muchísimas gracias 2j_ por la información, cómo dices será mejor ponerle la protección transitoria y permanente. Era la información que esperaba y me ha quedado claro, un cordial saludo.
 

Te puede interesar

material electrico
Arriba