Cuadro de contadores comunitario

pras

Miembro
Según el reglamento , si lo intérprete bien, el único competente para manipular los contadores es la empresa distribuidora de la energía( me imagino que electricistas acreditados están incluidos)
A la vista de eso me surgen unas dudas:
1) una comunidad de propietarios debe contratar una empresa de mantenimiento de los contadores.
2) si se contrata a una empresa de mantenimiento, se tendria que aclarar si está certificada para manipular los contadores.
 

Coitocircuito

Miembro Plata
1) La Comunidad no debe contratar nada

2) Los contadores sólo pueden (deben) ser manipulados por una empresa COLABORADORA, de la DISTRIBUIDORA la cual es la que tiene los precintos para retimbrar el contador si se cambia el cable de la DI

> No obstante cualquier electricista AUTORIZADO puede cambiar la DI si previamente se lo comunica a la DISTRIBUIDORA (que es diferente a la COMERCIALIZADORA) y obtiene el beneplácito de esta. A la finalización de los trabajos se lo debe comunicar a la Distribuidora por si esta estima pasar a colocar el precinto o lo deja "para mas adelante"
 

pras

Miembro
Tengo que dar por sentado que si, por ejemplo cualquier vecino llama a un electricista por un avería que requiera cortar la corriente, este electricista puede bajar al cuadro de contadores y cortar la corriente solo del contador que da servicio al piso afectado?
 

pras

Miembro
Me refiero solo a cortar la corriente no a, por ejemplo, tener que cambiar en cable del DI
 

Coitocircuito

Miembro Plata
Te explico

> El cuarto de contadores tiene una parte que es "general" EN LA QUE SÓLO PUEDE MANIOBRAR LA DISTRIBUIDORA O UNA EMPRESA COLABORADORA DE ESTA
> Luego está el contador de tú vivienda. Si hay una avería en él quien se encarga de su mantenimiento es la Distribuidora o Colaboradora
> Si hay que aumentar la sección a la DI te lo hace un electricista AUTORIZADO, previa solicitud de corte y manipulación como expliquè anteriormente
> En el recibo de la luz viene el teléfono de la Distribuidora para casos de averías "en lo que es suyo" (la DI no es suya)
 

Coitocircuito

Miembro Plata
Si te refieres a manipular en los fusibles previos al contador sí lo puede hacer un Autorizado...siempre y cuando tenga la llave del cofred (si fuera el caso) y este no tuviera su propio precinto (que es independiente del contador)
 

pras

Miembro
Con lo que me has comentado, entiendo que una comunidad de propietarios no tiene que hacer ningún contrato de mantenimiento, porque hasta el contador, incluido, su mantenimiento es de esa empresa colaboradora.
O sea que si hay una avería en un piso, es responsabilidad de ese vecino contratar a un electricista y según lo que sea la avería, por ejemplo, cambiar la DI, ha de ser un electricista autorizado por la distribuidora correspondiente
 

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